|
REGRESAR

TAD / RENURE / CARTA DE INVITACIÓN

ACLARACIONES Y ENLACES DE UTILIDAD

En primer lugar, se aclara a los invitantes que el proceso de visa inicial formalmente cuando el requirente presenta en Sede Consular Formulario de Solicitud de Visa, junto a su pasaporte y la documentación requerida para la categoría solicitada. 

Con respecto a la confección y envío de la carta de invitación via TAD, a fin de que se genere de manera exitosa, se le recuerda a los apoderados (persona física o jurídica) que al ingresar al sitio  https://tramitesadistancia.gob.ar/ deberán hacerlo con su clave AFIP. 

ANTES DE DAR INICIO AL EXPEDIENTE, verificar en el márgen superior izquierdo la pequeña solapa "SELECCIONE A QUIEN REPRESENTAR", de lo contrario, al finalizar el Expediente Electrónico (EE) no se generará automáticamente la "constancia de apoderamiento", la cual es crucial para la continuación del trámite de visa. En igual sentido, se recuerda que SIEMPRE se debe consignar el número de RENURE. 

Ante la falta de esos requisitos formales, se le solicitará al invitante que confeccione un nuevo EE.

Para mayor orientación:

secon_eindi@mrecic.gov.ar

*CARTA DE INVITACIÓN: https://cancilleria.gob.ar/es/servicios/servicios-para-extranjeros/carta...

*TRAMITES A DISTANCIA (TAD): https://www.argentina.gob.ar/interior/migraciones/registro-nacional-unic...

*REGISTRO NACIONAL ÚNICO DE REQUIRENTES DE EXTRANJEROS: https://www.argentina.gob.ar/interior/migraciones/registro-nacional-unic...

 

 

 

Fecha de actualización: 03/04/2025